Perduran las violaciones de las Normas Brasileras de Comercialización de Alimentos y productos relacionados con lactantes y niños de la primera infancia (NBCAL) en las droguerías de Brasil, con especial énfasis en los alimentos orientados a los más pequeños.
El artículo Práticas irregulares em drogarias na oferta de produtos para crianças menores de três anos publicado en la Revista Paulista de Pediatría *, analiza en droguerías de Uberlândia, Minas Gerais, Brasil, el cumplimiento de la comercialización de los productos infantiles incluidos en las NBCAL.
En el 2013, la Red Internacional de Acción para la Alimentación Infantil (IBFAN) monitoreó el cumplimiento de las NBCAL en 12 municipios brasileños. En aquella instancia, encontraron 65 irregularidades en total, sobre todo en materiales promocionales, etiquetado de productos y publicaciones de material educacional.
Diversos estudios revelaron que el 20,3% de los establecimientos que comercializaban productos infantiles cuya promoción es ilegal (como fórmulas infantiles, biberones y chupetes) no cumplía con la legislación, mientras que el 62,8% infringía la NBCAL en general.
Funciones de las droguerías y farmacias en Brasil
Según especifica el Instituto de Defesa de Consumidores de Brasil, consultado por la agencia SNC, la denominación de droguerías alcanza a los establecimientos de dispensación y venta de medicamentos, insumos farmacéuticos y afines en sus envases originales, mientras las farmacias se refiere a la manipulación de fórmulas magistrales y oficiales, comercialización de fármacos, medicamentos, insumos farmacéuticos y productos afines, abarcando además la función de dispensación y atención privada en unidades hospitalarias u otros equivalentes.
La dispensación, como acto específico del farmacéutico, puede sustituir un medicamento recetado por otro y brindar orientación sobre dosificación, interacción con otros medicamentos, conocimiento de reacciones adversas y adecuada conservación y almacenamiento del producto.
En ambos establecimientos, de conformidad con la Ley 5.991/73 – art.15, la presencia de un farmacéutico es obligatoria durante todo el período de funcionamiento del local.
Las leyes municipales pueden establecer también las condiciones para el funcionamiento de droguerías y farmacias, tales como distancia entre ellas, sistema de turnos los fines de semana y feriados, turnos de 24 horas, entre otras situaciones de peculiar interés para los municipios.
Metodología del estudio
La investigación de tipo transversal comprendió 143 droguerías de la ciudad de Uberlândia que vendían productos tales como fórmulas infantiles (FI) para lactantes, FI de seguimiento, biberones, tetinas, chupetes y protectores de pezón; FI para niños en la primera infancia, alimentos de transición y alimentos a base de cereales, leche en polvo o líquida, etc.
Durante el año 2019, los autores recolectaron información referida a las formas de promoción comercial y las correspondientes a la administración de las droguerías (cadena/independiente).
La promoción comercial irregular se expresó en frecuencias absolutas y relativas.
Hallazgos del trabajo
En base a la información obligatoria en la etiqueta recomendada por el Ministerio de Salud brasileño a exhibirse en los productos permitidos para su promoción comercial, el estudio halló irregularidades en el 11,7% de las tetinas, chupetes y biberones, en el 10% de las FI y fórmulas de seguimiento, en el 9,5% de las FI para niños pequeños, en el 11,1% de la leche en polvo o líquida, en el 25% de los alimentos de transición y alimentos a base de cereales, y en el 59,1% de los compuestos lácteos.
En las cadenas de droguerías comerciales, la presencia de promoción de productos lácteos fue mayor que en las droguerías independientes (81,8% vs. 28,6% respectivamente).
El tipo de promoción comercial irregular más frecuente para los productos analizados fue la exposición especial, seguida de ofertas especiales tanto para los productos cuya promoción es ilegal como para aquellos que es permitida.
Los compuestos lácteos, únicos productos cuya información obligatoria en la etiqueta no está definida por la NBCAL, presentaron el porcentaje más elevado de promoción comercial irregular.
Conclusiones
La investigación encontró promoción comercial irregular en todas las categorías de los productos para lactantes y niños pequeños analizados por el estudio, lo que caracteriza prácticas irregulares e inadecuadas señaladas por la legislación vigente.
Al concluir que las violaciones de la NBCAL continúan ocurriendo en las droguerías, los autores recomiendan el aumento de la supervisión como así también el control del cumplimiento de las normas establecidas.
* Revista Paulista de Pediatria
Práticas irregulares em drogarias na oferta de produtos para crianças menores de três anos
Roberta Almeida Silva Soares, Elisa Natany Silva Pinheiro, Maria Hortência Teixeira Diniz, Ana Paula Bortoletto Martins, Antônio Marcos Machado de Oliveira, Leandro Alves Pereira, Luciana Saraiva da Silva, Ana Elisa Madalena Rinaldi
2024
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